1. La presencia en el centro de trabajo de los posibles preventivos, cualquiera que sea la modalidad de organización de dichos fortuna, será necesaria en los siguientes casos: El citado derecho supone la existencia de un correlativo deber del patrón de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. https://top10bookmark.com/story19130382/fascinaci%C3%B3n-acerca-de-seguridad-industrial